Casi una década de 'remiendos' en la Ley del Medicamento.

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Reme33
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Casi una década de 'remiendos' en la Ley del Medicamento.

Mensaje por Reme33 »

23/02/2015 - Texto refundido de la norma.

Casi una década de 'remiendos' en la Ley del Medicamento.


Sanidad prepara un texto refundido de la norma que no renuncia al copago de hospital. Receta 'enfermera' seguirá sin cambios, pero la sustitución de biológicos se afina en el texto.
"El texto refundido que prevé aprobar Sanidad no permite cambios de fondo en la ley, pero sí "aclarar y armonizar" las normas, lo que da cierto margen para la letra pequeña".
"Letra pequeña. La ley fue elaborada por el Gobierno socialista de Elena Salgado y durante la actual legislatura del PP ha sufrido cambios profundos a través de enmiendas sorpresa en otras leyes, buena parte de ellos destinados a combatir conflictos entre".


No ha cumplido todavía su primera década pero la Ley del Medicamento (formalmente llamada Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, de julio de 2006) necesita ya un texto refundido que trate de aglutinar y aclarar el aluvión de reformas parciales que ha ido sufriendo en estos años, especialmente desde 2012 fruto de las medidas de recorte acometidas para controlar el gasto farmacéutico y que hacen de la maraña actual de remiendos un texto irreconocible si se piensa en el inicial.

Así lo reconoce al menos el propio Ministerio de Sanidad, que ha sacado a consulta pública un borrador de texto refundido de la ley para tratar de integrar en un nuevo documento cambios tan trascendentes que se han ido produciendo en estos años como la modificación del copago, la autorización de la receta enfermera, la implantación del copago farmacéutico de dispensación ambulatoria en hospitales, la obligación de la prescripción por principio activo, la reforma del sistema de precios de referencia y del régimen de sustituciones de fármacos, la desfinanciación de medicamentos para síntomas menores, la implantación de los informes de posicionamiento terapéutico, el intento de blindaje de las competencias nacionales en materia de farmacia frente a medidas autonómicas como la subasta o el euro por receta, etc.

La teoría dice que los textos refundidos no pueden introducir cambios, sino que se limitan a incorporar en un único texto todas las modificaciones que se han producido. Pero lo cierto es que la legislación permite que estos textos refundidos "regularicen, aclaren y armonicen" y, comoquiera que además se pueden tramitar por decreto ley o por decreto legislativo, dan cierto margen de acción al Gobierno para modificar la letra pequeña de las leyes.

Aluvión de cambios

En esta ocasión se ha optado por tramitar la norma como decreto legislativo y en las cerca de 200 páginas de la norma hay un auténtico aluvión de cambios fruto de las reformas ya acometidas, pero también artículos que se mueven de sitio y algunas pequeñas modificaciones de texto que podrían traer cola.

Curiosamente, sin embargo, se mantienen en pie cuestiones como el copago para medicamentos de dispensación ambulatoria en hospitales, pese a que elMinisterio ha anunciado ya que renuncia a su aplicación. Algo semejante ocurre con la unidosis de medicamentos en las farmacias, que también queda en pie en la norma pese a haberse abandonado la idea.

Entre los cambios, al hablar de sustitución de fármacos biológicos, el artículo 14 introduce la frase "sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Sanidad para excluirlos como medicamentos sustitutivos". Según explica el propio texto, "se trata de una precisión orientada a salvaguardar la diferencia entre el concepto técnico de intercambiabilidad de fármacos basado en la equivalencia farmacéutica y la sustitución como decisión que se basa en un listado negativo", esto es, en una lista expresa de fármacos que Sanidad debe concretar como no sustituibles.

"Fármacos adecuados"

Otro de los cambios es un nuevo artículo 83 bautizado como "objetivo de uso racional de los medicamentos", que establece que "Ministerio y autonomías [...] orientarán su actuación en materia de regulación y gestión de medicamentos y la prestación farmacéutica hacia el objetivo de que cada paciente reciba los fármacos adecuados para sus necesidades clínicas, en dosis adecuadas, durante el periodo de tiempo necesario [...] y al menor coste posible".

Otra cuestión novedosa es la declaración expresa de que los medicamentos no financiados por el sistema público tendrán precio libre (artículo 95), y que los llamados precios notificados no podrán aplicarse a las oficinas de farmacia hasta que se desarrollen.


Fuente:
- Algunos creen que para ser amigos basta con querer, como si para estar sano bastara con desear la salud.
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